Cuando uno de los cónyuges no está de acuerdo con el divorcio, con la custodia de los hijos, con el reparto de bienes o con la pensión compensatoria, no es posible tramitar un divorcio de mutuo acuerdo. En ese caso se abre la vía del divorcio contencioso, un procedimiento judicial en el que es el juez quien decide las medidas definitivas tras escuchar a ambas partes y valorar las pruebas aportadas. Se trata de un proceso más largo, más costoso y emocionalmente más exigente que el mutuo acuerdo, por lo que conviene entender bien cómo funciona antes de empezar.
Qué es exactamente el divorcio contencioso
El divorcio contencioso es aquel en el que no existe acuerdo entre los cónyuges sobre el divorcio en sí o sobre alguna de sus consecuencias: custodia y régimen de visitas de los hijos, uso de la vivienda familiar, pensión de alimentos, pensión compensatoria o liquidación del patrimonio común. Ante esa falta de acuerdo, uno de los cónyuges presenta una demanda y es el juzgado quien, tras el procedimiento correspondiente, dicta sentencia fijando las medidas definitivas.
Diferencias con el divorcio de mutuo acuerdo
En el divorcio de mutuo acuerdo ambos cónyuges pactan un convenio regulador que el juez se limita a homologar, siempre que no sea perjudicial para los hijos. En el contencioso no existe ese convenio y cada parte defiende su propia propuesta de medidas a través de su abogado. Esto implica más trámites procesales, la práctica de prueba (documental, testifical, pericial) y, en consecuencia, plazos más largos y un coste económico superior.
Normativa aplicable
El divorcio contencioso se regula fundamentalmente en el Código Civil (artículos 81 y siguientes, tras la reforma operada por la Ley 15/2005, de 8 de julio) y en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece el procedimiento especial para los procesos de familia (artículos 770 y siguientes). En los asuntos que afectan a menores también resulta relevante la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, y la Ley Orgánica 8/2021, que refuerzan el interés superior del menor como criterio prioritario en custodia y visitas.
Requisitos para solicitar el divorcio contencioso
- Que exista un matrimonio válidamente inscrito.
- Que haya transcurrido un mínimo de tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se acredite riesgo para la vida, integridad física, libertad, integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos.
- No es necesario alegar causa alguna: basta con que uno de los cónyuges quiera divorciarse para que el juzgado tramite la demanda.
- Es obligatoria la asistencia de abogado y procurador, dado que se trata de un procedimiento judicial contencioso.
Cómo es el procedimiento paso a paso
1. Presentación de la demanda
El cónyuge que quiere divorciarse (o que no acepta las condiciones propuestas por el otro) presenta una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia especializado en familia correspondiente al domicilio familiar. En la demanda se solicita el divorcio y se propone un plan de medidas: custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, uso de la vivienda, pensión compensatoria y liquidación de bienes, si procede.
2. Medidas provisionales
Mientras se tramita el procedimiento principal, es habitual solicitar medidas provisionales para regular la situación de los hijos y la vivienda durante los meses que dure el proceso. El juzgado señala una vista rápida para fijar estas medidas de forma urgente, que estarán vigentes hasta que se dicte sentencia definitiva.
3. Contestación a la demanda y audiencia previa
El otro cónyuge dispone de un plazo para contestar a la demanda y presentar su propia propuesta de medidas. Posteriormente se celebra la audiencia previa, en la que las partes pueden intentar un acuerdo parcial y se fijan los hechos controvertidos y la prueba que se practicará en el juicio.
4. Juicio y sentencia
Si no se alcanza acuerdo, se celebra el juicio, donde se practica la prueba admitida (interrogatorios, testigos, informes periciales psicosociales, documental, etc.). Tras el juicio, el juez dicta sentencia resolviendo el divorcio y fijando las medidas definitivas que serán de obligado cumplimiento para ambas partes.
Plazos orientativos
Los plazos varían según la carga de trabajo de cada juzgado y la complejidad del caso, por lo que las cifras siguientes son únicamente orientativas:
- Medidas provisionales: suelen señalarse en pocas semanas desde su solicitud.
- Procedimiento completo hasta sentencia: puede oscilar entre varios meses y más de un año, especialmente si hay prueba pericial o si alguna de las partes recurre.
- Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial: añade un plazo adicional, también variable.
Costes orientativos
El coste de un divorcio contencioso depende de los honorarios del abogado y del procurador, de la necesidad de informes periciales (por ejemplo, psicosociales sobre custodia) y de la duración del procedimiento. Al ser un proceso con más trámites y, a menudo, más conflictivo que el mutuo acuerdo, el coste suele ser superior. Conviene solicitar un presupuesto detallado al despacho antes de iniciar el procedimiento, sin que ello constituya una cifra cerrada hasta conocer el caso completo.
Custodia, bienes y pensión compensatoria en el proceso contencioso
Cuando hay hijos menores, el juez puede acordar custodia exclusiva a favor de un progenitor o custodia compartida, siempre atendiendo al interés superior del menor, pudiendo apoyarse en informes de los equipos psicosociales adscritos al juzgado. Respecto al patrimonio, el divorcio contencioso puede acumular la liquidación del régimen económico matrimonial (gananciales o el régimen que corresponda) o tramitarse de forma separada según la estrategia procesal. La pensión compensatoria, si se solicita, se fija valorando el desequilibrio económico que el divorcio genera en uno de los cónyuges respecto de la situación anterior.
Dónde se tramita: el juzgado competente
La demanda se presenta en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio conyugal, o del domicilio del demandado si no hay hijos menores o se trata de un procedimiento sin medidas sobre menores. En las ciudades de mayor tamaño existen juzgados especializados en familia, lo que suele agilizar el conocimiento de estos asuntos por parte del juez y de los equipos técnicos adscritos.
Por qué conviene contar con un abogado especializado desde el inicio
En un divorcio contencioso cada escrito, cada prueba y cada testimonio puede condicionar el resultado final: la custodia de los hijos, el reparto de bienes o la cuantía de las pensiones. Un abogado especializado en derecho de familia valora la situación concreta, prepara la estrategia procesal, redacta la demanda o contestación con rigor técnico y representa al cliente en las distintas vistas, evitando errores que pueden ser difíciles de corregir una vez dictada la sentencia.
Preguntas frecuentes
¿Puedo iniciar un divorcio contencioso si mi cónyuge no quiere firmar nada?
Sí. El consentimiento del otro cónyuge no es necesario para divorciarse en España; basta con la voluntad de uno de ellos y el cumplimiento de los requisitos legales, principalmente el plazo mínimo de tres meses desde el matrimonio salvo excepciones.
¿Qué pasa con los hijos mientras dura el procedimiento?
Se solicitan medidas provisionales al inicio del proceso para regular custodia, visitas y pensión de alimentos de forma inmediata, hasta que se dicte sentencia con las medidas definitivas.
¿Un divorcio contencioso puede convertirse en mutuo acuerdo durante el proceso?
Sí, es posible. Si en cualquier momento del procedimiento las partes alcanzan un acuerdo total o parcial, pueden presentarlo al juzgado para que lo homologue, lo que normalmente simplifica y acelera la resolución del caso.
¿Es obligatorio acudir a mediación antes del divorcio contencioso?
No existe una obligación legal general de mediación previa en toda España, aunque algunos juzgados pueden sugerirla o derivar a servicios de mediación familiar si consideran que puede facilitar un acuerdo, especialmente en lo relativo a los hijos.
¿Se puede recurrir la sentencia de divorcio contencioso?
Sí. Cualquiera de las partes que no esté de acuerdo con la sentencia puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial correspondiente dentro del plazo legalmente establecido, lo que añade tiempo adicional al procedimiento.